A- de 2001
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Henry Aldemar Barreto Mogollon Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Calidades para ejercicio
- Intervención reservada a ciudadanos colombianos
- Calidad de ciudadano
- Calidad de ciudadano
- Escrito de reposición entendido como súplica
- Derecho político de todo ciudadano
- Adición
- Admisión por acreditar calidad de ciudadano uno de los actores
- Calidad de ciudadano en ejercicio por varios actores
- Admisión por prevalencia del derecho sustancial
- Oportunidad
- Personas no reconocidas como demandantes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se confirmaron los autos suplicados por los cuáles se rechazó al ciudadano venezolano de la referencia como demandante en el presente proceso, toda vez que conforme a la reiterada jurisprudencia de esta Corte, es claro que el argumento del recurrente no tiene ningún sustento jurídico pues la Constitución reserva el ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad exclusivamente a los ciudadanos colombianos, por tratarse de un derecho político.
Esto significa entonces que para poder ejercer esa acción se requiere una triple calidad: (i) ser persona natural, (ii) colombiano y (iii) ciudadano.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE:
- CONFIRMAR los autos suplicados, por los cuáles se rechazó al ciudadano venezolano José Francisco Iturriza como demandante en el presente proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.